Reforma Laboral 2012

Ya ha entrado en vigor de la Reforma Laboral de 2012, publicada en el BOE de 11 de febrero mediante el el Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero bajo el epígrafe de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, cuyas principales notas características son:

1.- Reforma de la intermediación laboral (art. 1): se da un mayor protagonismo a las Empresas de Trabajo Temporal, que podrán ejercer a partir de ahora como agencias de colocación con la finalidad de agilizar la gestión de la colocación, y configuración de la formación profesional como un derecho individual, con permisos específicos y retribuidos.

2.- Formación Profesional (art.2) creación de un nuevo contrato de formación y aprendizaje para trabajadores sin cualificación para realizar un contrato en prácticas, con edad comprendida entre 16 y 25 años, sin límite de edad para discapacitados y ampliando en la Disposición Transitoria 9ª hasta los 30 años mientras la tasa de desempleo no llegue al 15 por ciento.

3.- Mayor flexibilidad interna en las empresas en relación con la movilidad funcional y geográfica y la modificación sustancial de condiciones de trabajo. Esta reforma afecta no solamente a nuevos contratados, sino también a aquellos que ya estén trabajando.

4.- Para la suspensión de contratos, ahora las empresas pueden despedir por «causas económicas«, y si la empresa quiere acogerse a la indemnización mínima (20 días por año trabajado) no necesitan de autorización administrativa previa.

5.- Reforma de la negociación colectiva (Art. 14) la Ley da nuevos supuestos para la inaplicación del convenio colectivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción en favor del convenio de empresa.

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