Cómo eliminar nuestros datos personales de un fichero con fines publicitarios: el Derecho de Oposición

spam 20Vamos a finalizar el análisis de los denominados derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición), con el derecho de oposición, que es el derecho del afectado a que no se lleve a cabo el tratamiento de sus datos de carácter personal o se cese en el mismo. Este derecho se puede ejercer en 3 supuestos concretos:

Cuando no sea necesario su consentimiento para el tratamiento, como consecuencia de la concurrencia de un motivo legítimo y fundado, referido a su concreta situación personal que lo justifique, siempre que una Ley no disponga lo contrario;

Cuando se trate de ficheros que tengan por finalidad la realización de actividades de publicidad.

Cuando el tratamiento tenga por finalidad la adopción de una decisión referida al afectado y basada únicamente en un tratamiento automatizado de sus datos de carácter personal.

A primera vista, el derecho de oposición es similar al derecho de cancelación, pero mientras en el primero lo que hacemos es oponernos al uso de nuestros datos para una finalidad concreta, en el segundo lo que solicitamos es el derecho a que se nos elimine por completo de los ficheros de un registro público o privado.

Para ejercitar el derecho de oposición no se exige un modelo definido concreto, aportamos el siguiente como ejemplo.

Cómo acabar con la publicidad molesta: el Derecho de Rectificación y Cancelación de Datos

crammed_mailboxAdemás de ejercer nuestro derecho de acceso para saber qué datos personales tiene una institución pública o privada sobre nosotros, puede darse el caso de que queramos bloquear o rectificar estos datos, para por ejemplo, detener el envío de comunicaciones -llamadas telefónicas a horas intempestivas para informarnos sobre ofertas comerciales, publicidad en nuestro buzón con datos privados- o porque, simplemente, no queremos que cualquier entidad tenga un fichero con datos privados nuestros.

En estos casos, lo primero que debemos hacer cuando, por ejemplo, recibimos una llamada informándonos de una determinada oferta comercial o de cualquier tipo, es informarnos de quién nos llama. Tenemos derecho de exigir información sobre la denominación de la empresa, así como de la existencia de un fichero en el que constan nuestros datos, quién es el responsable del fichero y cómo han obtenido nuestros datos. En cualquier caso, no pueden alegar que no están autorizados para dar esta información, ya que están obligados por Ley a informar sobre ello. Es aconsejable, además, solicitar la dirección, el código postal o un correo electrónico para dirigirnos a la empresa.

Con estos datos, podremos ejercer nuestro derecho de rectificación y cancelación, que son dos opciones diferentes:

  • El derecho de rectificación; dará lugar a la sustitución de datos erróneos por datos correctos, adecuando el tratamiento de éstos a la situación adecuada.
  • El derecho de cancelación; por su parte, da lugar al bloqueo de estos datos de carácter personal, quedando únicamente a disposición de Administraciones Públicas, jueces y Tribunales, en atención de posibles responsabilidades surgidas del tratamiento durante le plazo de prescripción de éstas. Cumplido este plazo, los datos deberán ser definitivamente eliminados de los ficheros.

Es importante incluir en la solicitud de cancelación qué datos deseamos cancelar de forma explícita. Como sucede en el ejercicio del derecho de acceso, la Ley prohíbe que se exija una forma de comunicación para enviar la solicitud que sea gravosa económicamente para el interesado, como el correo certificado o el burofax, o una compensación, precio o contraprestación.

El plazo máximo para recibir una respuesta por parte del encargado del fichero responsable del tratamiento de nuestros datos es de 10 días. La Ley exige que el responsable deberá dar una respuesta para informar de que los datos han sido cancelados o rectificados, o para informar de que no dispone de ningún dato en sus ficheros.

Transcurrido dicho plazo sin que el interesado haya recibido ninguna respuesta, el interesado podrá interponer una reclamación de tutela por denegación de derechos ante la Agencia Española de Protección de Datos o, en su caso, ante la autoridad competente de su Comunidad Autónoma. Contáctenos para más información.

En caso de denegación, corresponde al encargado del fichero informar de que el interesado puede recabar la tutela de la Agencia Española de Protección de Datos o, en su caso, ante la autoridad competente de su Comunidad Autónoma.

En caso de que se haya hecho un mal uso de nuestros datos o se hayan cedido a terceros para funciones ajenas, contra nuestro consentimiento, estamos legitimados a solicitar la indemnización correspondiente.

Próxima entrada: el Derecho de Oposición.

Cómo librarse de publicidad no deseada y ejercer el Derecho de Acceso a datos de carácter personal

1055111_stop_spamA menudo nos encontramos con publicidad no deseada en nuestro teléfono móvil, cuenta de correo electrónico o nuestro teléfono particular en el domicilio. Estas comunicaciones de tipo comercial no solamente son molestas, sino que pueden constituir un atentado contra nuestro derecho a la intimidad.

Hay que tener en cuenta, en primer lugar, que raramente llegan este tipo de comunicaciones por casualidad. Si lo estamos recibiendo es porque una entidad, pública o privada tiene nuestros datos y los está utilizando o lo has cedido a un tercero.

Nuestros datos personales son un bien muy valioso. No debemos cederlos a la ligera, a cambio de participar en un concurso o recibir una muestra de producto gratuita. Si lo hacemos, deberemos informarnos bien de qué tipo de cesión de datos estamos otorgando, ya que tenemos la posibilidad de solicitar  no recibir comunicaciones de tipo comercial ni de ningún otro tipo.

Para conocer de forma exacta qué tipo de datos personales nuestros tiene la entidad publica o privada que nos está enviando comunicaciones no deseadas, podemos dirigirnos a ella y ejercer el derecho de acceso a estos datos personales.

El derecho de acceso es gratuito. No es válido, bajo ningún concepto, que la entidad pública o privada exija dinero o cualquier otra contraprestación a cambio de acceder a nuestros datos; esto incluye la prohibición de exigir, por ejemplo, que la solicitud de acceso se haga a través de un número de teléfono de tarificación especial (números 900) o por medio de un envío postal gravoso para el solicitante.

A través del derecho de acceso, podemos recabar información sobre:

  • Los datos sometidos a tratamiento
  • El origen de los mismos
  • Información disponible de las cesiones realizadas o previstas a terceros.

Puede descargarse aquí un modelo de ejercicio del Derecho de Acceso.

Para la solicitud de acceso, no es necesario exponer ninguna justificación, excepto si realizamos este derecho más de una vez cada doce meses con la misma entidad, para lo que deberemos acreditar un interés legítimo de cualquier tipo –variación importante en los datos, muerte, traslado de domicilio…-.

El responsable del fichero al que se ha solicitado el acceso está obligado a responder a la solicitud; deberá hacerlo, además, por un medio que acredite el envío y la recepción y, por último, la ley fija que deberá hacerlo con diligencia, esto es, que tiene la obligación de hacer  de actuar ayudando al afectado para corregir los defectos que tiene su petición.

El plazo máximo para resolver sobre la solicitud de acceso es un mes, a contar desde la recepción de la solicitud. Si a la respuesta positiva de la solicitud no se le acompaña la información requerida, el acceso podrá hacerse efectivo durante 10 días hábiles tras la comunicación de la resolución.

La información podrá aportarse de diferentes maneras; bien desde la mera consulta de datos mediante su visualización en pantalla, o por escrito, copia, fotocopia… siempre que consten de forma clara, legible e inteligible, y que no necesiten el uso de códigos o contraseñas que requieran el uso de dispositivos mecánicos específicos.

En todo caso y, de forma independiente al formato utilizado, la información que se deberá aportar al interesado consistirá en:

  • Todos los datos personales de los que se dispongan acerca del interesado.
  • Datos resultantes de cualquier elaboración -cruce de datos, combinación- o proceso informático.
  • Información sobre el origen de los datos.
  • Información disponible sobre los cesionarios de los datos.
  • Información sobre el uso y los fines concretos para los que se almacenaron los datos.

En caso de denegación, ésta debería ir motivada. Los motivos de denegación pueden ser:

  1. Porque el derecho se acceso ya se haya ejercitado con anterioridad en los doce meses anteriores a la solicitud, salvo que se acredite el interés legítimo al efecto.
  2. Porque una Ley o Norma Comunitaria de aplicación directa prohíba la revelación de los datos para los se solicita el acceso.
  3. Cuando la solicitud de acceso sea formulada por una persona distinta a la que se solicita información. El derecho de acceso es un derecho personalísimo, y sólo lo puede ejercitar el interesado, o el representante legal, en caso de menores de edad o incapacitados.

En caso de denegación, el responsable del fichero deberá comunicárselo al interesado, que tiene derecho a invocar la tutela de la Agencia Española de Protección de Datos o, en su caso, al organismo competente de cada Comunidad Autónoma, (contacte con nosotros para más información) que deberá asegurarse de la procedencia o improcedencia de la denegación.

El plazo máximo en que debe dictarse la resolución expresa de tutela de derechos será de seis meses, y contra dicha resolución procederá recurso contencioso-administrativo.

Por último, cabe destacar que en el supuesto de haberse visto perjudicados nuestros derechos, tendremos derecho a ser indemnizados, tanto si el responsable ha sido una entidad pública como una entidad privada.

Próxima entrada. Derechos de rectificación y cancelación.