¿Se puede sustituir la pena de prisión por la expulsión en un caso penal contra extranjeros?

juez españaEn casos penales contra extranjeros, si la pena prevista para el delito es menor de 6 años, la Policía puede pedir su expulsión inmediata en el plazo de 3 días, siempre que el extranjero esté en situación irregular. Además, también se puede sustituir la pena de prisión por la expulsión cuando, en cualquier pena, cuando el penado obtenga el tercer grado penitenciario o cuando haya cumplido las tres cuartas partes de la condena.

Existen, además, dos figuras adicionales para extranjeros condenados por delitos penales:

  • Libertad condicional: condiciona a cumplir la condena en el país de origen, cumplidas dos tercios.

Cuando se trata de delitos menores de 6 años y la Policía interesa la expulsión del ciudadano extranjero, la deberá acordar un juez, previa audiencia del penado, siempre y cuando el Ministerio Fiscal, o las partes personadas y de forma motivada, no aprecien razones que justifiquen el cumplimiento de la condena en un Centro Penitenciario en España.

Estas razones para que el penado extranjero cumpla la condena en España, pueden ser muy variadas; razones por circunstancias de hecho, personales, desarraigo en el país origen o arraigo en España, conflictos en el país de origen, víctimas de delitos de tráfico de seres humanos…  no dude en contactar con nosotros para que estudiemos su caso.

La consecuencia de la sustitución de la pena por expulsión, supone el archivo de cualquier procedimiento administrativo que tuviera en España por objeto la autorización para residir o trabajar en España.

El extranjero no podrá regresar a España en un plazo de 5 a 10 años, contados desde la fecha de su expulsión, atendidas la duración de la pena y las circunstancias personales.

Asimismo, cuando al acordarse la sustitución por la expulsión, el extranjero no quede privado de libertad, el juez o tribunal podrá acordar su ingreso en centro de internamiento por un plazo máximo de 60 días.

Si el extranjero expulsado regresara a España antes de transcurrir el periodo de tiempo establecido judicialmente, cumplirá las penas que fueron sustituidas. No obstante si fuera sorprendido en frontera, será expulsado directamente por la autoridad gubernativa, empezando a computarse de nuevo el plazo de prohibición de entrada en su integridad.