Nuevos plazos de ausencia del país sin perder la nacionalidad

Uno de los temas más controvertidos y que está en proceso de revisión legislativa es el de las ausencias del país y su relevancia para la concesión de la nacionalidad española.

En la actualidad, no se permiten ausencias de más de seis meses en el cómputo general para la concesión de la nacionalidad española por residencia, cuando ésta se realice por la regla general de diez años de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud [Art. 21.2 del Código Civil].

Para los demás casos de adquisición de nacionalidad por residencia, en los que se reduce el plazo requerido de residencia legal a cinco, dos o un año, también se reduce el máximo de tiempo permitido fuera de España a tan solo tres meses.

Lo que el Ministerio de Justicia plantea modificar ahora es la posibilidad de que existan varias salidas durante el tiempo de residencia legal del solicitante, por lo que un extranjero podrá acumular varias salidas del territorio sin perder el acceso a la nacionalidad española.

Si necesita más información o quiere solicitar la nacionalidad española, siga este enlace.

Para otros supuestos de pérdida del permiso de residencia por ausencias continuadas en el extranjero puede consultar esta entrada.

Gil-Merino & Asociados alcanza las 20.000 visitas en 2015

firew 2016Durante el año pasado hemos recibido más de veinte mil visitas digitales procedentes de 113 países diferentes, lo que supone el doble de visitas respecto al ejercicio anterior.

Los países de donde han llegado más visitas, aparte de España, han sido China, con 1.335 visitas y Estados Unidos, con 560.

Por continentes, además de Asia, América del Norte y Europa, América Latina ha agrupado un gran número de visitas y consultas, con representantes de todo el continente, destacando por número de visitantes, los procedentes de Brasil, Argentina, México y Chile.

Los artículos que más interés han suscitado durante este año han sido: el análisis del régimen de sustitución de la pena por expulsión para extranjeros tras la Reforma del Código Penal, nuestra oferta de descuentos en procedimientos matrimoniales y divorcios por San Valentín, Permisos de Residencia para Emprendedores (Golden Visa), Requisitos para la validez del Matrimonio celebrado en el Extranjero, Control y supervisión de los correos electrónicos de los trabajadores, Autorización de residencia para trabajadores altamente cualificados o la Aprobación de la Ley de Nacionalidad para sefardíes, entre otros, con más de ciento cincuenta visitas al día en cada uno.

Desde nuestras plataformas digitales –Despacho GM&Asociados  Residencia Legal y Derecho a la Red– agradecemos la atención prestada y el número de consultas que recibimos a través de las distintas plataformas digitales. Durante este 2016 seguiremos trabajando para acercar el Derecho a cada uno de los rincones y ofrecer el mejor servicio a nuestros clientes.

Gracias por seguirnos, y un excelente año que empieza.

Aprobada la Ley de nacionalidad para los sefardíes

sefardLos judíos de origen español podrán solicitar la nacionalidad española siempre que acrediten su condición de sefardí. El texto definitivo de la Ley, aún pendiente de ser ratificada en el Senado, prevé dos requisitos principales:

– Por un lado, acreditar la condición de sefardí, que podrá hacerse mediante certificados de las comunidades judías, el conocimiento del ladino, tener apellidos sefardíes o partida de nacimiento o contrato matrimonial según las tradiciones de Castilla.

– Por otro lado, la nueva Ley exigirá una especial vinculación con España, que podrá realizarse a través de conocimientos del idioma por medio de exámenes específicos (A2) realizados por el Instituto Cervantes, antecedentes familiares o, incluso, donaciones regulares o puntuales a entidades benéficas españolas.

También servirá para acreditar dicha vinculación, otras pruebas como tener estudios de Historia y de Cultura Españolas, Filología… no dude en contactar con nosotros para más información. La prueba de idiomas será obligatoria solo para aquellos ciudadanos sefardíes procedentes de países de habla no hispana.

En nuevo texto, que prevé la eliminación de la tasa de 75 euros, también incluirá un test de integración y el pago de arenceles específicos en le momento de la concesión. Permitirá a los que obtengan conservar su nacionalidad de origen (doble nacionalidad).

Para comenzar con los trámites de nacionalidad, no dude en contactar con nosotrosAdemás, aquellas personas que hubieran solicitado la nacionalidad por otra vía y cumplan con los requisitos de la nueva Ley, podrán cambiar su solicitud a esta modalidad, mucho más rápida,  sin ningún coste adicional.