Seguro Médico para ciudadanos extranjeros

entrada-a-hospitalEn los últimos años, cada vez son más las personas que solicitan un permiso de residencia para sí o para un familiar reagrupado y se les exige que contraten un seguro de salud de salud privado. Esta obligación se extiende, principalmente a hijos mayores de 26 años del reagrupante, ascendientes, parejas no registradas, estudiantes, así como aquellos casos en los que el cónyuge reagrupante no esté trabajando o no esté sujeto al régimen general de la Seguridad Social y, por tanto, no puedan inscribir al solicitante del permiso como beneficiario de la Asistencia Médica General.

En estos casos, es necesario contratar un seguro médico privado, pero no sirve cualquier tipo de seguro, y son cada vez más los casos en los que la solicitud del permiso de residencia es denegada por no aportar un seguro de salud con los requisitos requeridos.

Por ello, y para evitar problemas a la hora de contratar un seguro médico para ciudadanos extranjeros que vayan a solicitar un permiso de residencia temporal en España, son varios los factores a tener en cuenta:

i.- En primer lugar, el tipo de asistencia que exigen las Autoridades en los seguros médicos es que sean iguales al tipo de asistencia que se proporciona en España, esto es: que tengan una cobertura total y que no haya límites en las prestaciones médicas.

ii.- Asimismo, el seguro no debe contemplar copagos ni pagos adicionales a la prima contratada, y debe tener una vigencia suficiente, lo que se traduce en que la póliza contratada se de, al menos, un año.

Otros requisitos, como las coberturas de hospitalización o la repatriación médica también dependen del tipo de permiso de residencia que se solicite, no dude en ponerse en contacto con nosotros para un estudio personalizado de su caso.

Cuánto tiempo puede estar un inmigrante fuera de España sin perder la prestación

esperaLa Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha unificado la doctrina y establece que los extranjeros beneficiarios de prestaciones por desempleo de la Seguridad Social pueden viajar fuera de España hasta 90 días sin perder el derecho a cobrar el paro.

De esta forma, el Alto Tribunal ha venido a interpretar los tres meses establecidos en la legislación de extranjería para la residencia temporal como el máximo permitido para que un inmigrante pueda conservar su prestación de desempleo estando fuera de España.

Esta unificación de la doctrina del Tribuna Supremo supone una ampliación del período máximo de estancia en el extranjero sin perder el derecho al cobro del subsidio, que pasa de 15 a 90 días.

Además, la sentencia de la Sala de lo Social, delimita el concepto de “traslado de residencia” a los efectos del artículo 213 g) de la Ley General de Seguridad Social y conceptos como el alcance de las obligaciones de comunicación y documentación a cargo de los beneficiarios, el período de libranza del artículo 6.3 RD  625/1985, así como el cuadro de situaciones de prestación “mantenida”, “extinguida” y “suspendida”.

La Sala de los Social ya se ha pronunciado mediante varias sentencias sobre el tiempo máximo permitido a un extranjero para no perder la prestación en España, una situación que considera compleja y esta última sentencia de diciembre de 2013 ha venido a unificar doctrina. No dude en contactar con nosotros si se encuentra en esta situación.

El nuevo permiso de residencia por compra de una vivienda

house2La nueva Ley de Emprendedores aprobada en 2013, establece un nuevo tipo de permiso de residencia destinado a todos aquellos extranjeros procedentes de un país ajeno a la Unión Europea que planeen adquirir un inmueble de más de 500.000 euros en España.

Este nuevo tipo de permiso de residencia, que comparte algunos rasgos característicos con el permiso de residencia no lucrativo, no habilita, en ningún caso, a trabajar en el país, y se establece una duración de dos años desde su concesión.

Los requisitos principales son:

  • Comprar una vivienda de un importe superior a 500.000 euros. El dinero ha de traerse de fuera de España, no vale pedir un crédito a una entidad española.
  • No tener antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español durante los 5 años anteriores a la presentación de la solicitud, no hallarse en situación irregular en España.
  • Contratar seguro de salud privado, concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España
  • No solicitar ayudas o subvenciones públicas.

Para la solicitud del permiso, no dude en ponerse en contacto con nuestros abogados, le ayudaremos a tramitarlo, e incluso podemos asesorarle en la búsqueda de viviendas en España, gracias a nuestros acuerdos de colaboración con inmobiliarias líderes en el sector.

El contrato simulado al trabajador extranjero

entrada contratos extranjerosEn estos últimos años, se ha venido incrementado el número de revisiones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social a empresas que, para facilitar a los trabajadores extranjeros la concesión de su permiso de residencia y trabajo inicial o la renovación de éste, simulan su contratación y alta en la Seguridad Social.

Esta conducta supone una vulneración de lo previsto en el artículo 54.1 f de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, que establece como infracción muy grave:

  • “f) Simular la relación laboral con un extranjero, cuando dicha conducta se realice con ánimo de lucro o con el propósito de obtener indebidamente derechos reconocidos en esta Ley, siempre que tales hechos no constituyan delito.”

De esta infracción se derivan responsabilidades, tanto para empresario, que podrá enfrentarse a una multa que va desde 10.001 hasta 100.000 euros; como para el trabajador, que al ser extranjero y tratarse de una infracción muy grave, se le podrá imponer la multa de expulsión del territorio español, previa tramitación del correspondiente expediente administrativo.

Dicha sanción es, cuando menos, controvertida y exclusiva de la Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, dado que permite sancionar al propio trabajador, mientras que las normas de Derecho Laboral español no contemplan esta posibilidad.

Por ello, desde nuestro despacho,trabajamos para evitar la sanción y baja automática de las cotizaciones de aquellos ciudadanos extranjeros que han estado trabajando para alguna empresa investigada, o incluso sancionada por la Inspección de la Seguridad Social y en las que no conste una resolución firme de los tribunales, pues no son ajustadas a Derecho y pueden ser recurridas en vía contencioso-administrativa.

Para más información, póngase en contacto con nosotros.

欢迎来到GM&SM Abogados律师事务所

shanghai-madrid-composite-web-320x198欢迎您来到西班牙 GM&SM Abogados律师事务所的网站。我们是一家致力于为涉外案件和关于行政管理方面的法律案件提供专业解决途径的律师事务所。

我们团队的律师和法律顾问都具备高学历,以便在各个方面提供优秀特殊的司法保护,例如:在刑法,民法,合同法,婚姻法,法人资格及法人权利等方面,不仅如此,在劳动法,商法,信息法等方面也能为企业和个人提供咨询和意见。

我们的宗旨在于为客户提供具备更好效果和更快效率的司法帮助。为此,我们会随时随地为您提供个人咨询服务。为了使您的咨询更加便利快捷,您可以通过网络进行第一次咨询,或者通过个人预约进行咨询。预约电话:625 483 640,675 801 868。我们在Madrid和Burgos都设有办公地点,同时也将考虑并顾及到在全西班牙境内的客户咨询。

另外,我们在全西班牙拥有代理人和顾问,以便使您完全不需要担心能否联系到我们的问题。我们的团队将会让您对我们有足够的耐心和信任,保证您在法庭上的权利受到最好的保护。

El permiso de residencia temporal no lucrativa

house1La legislación española contempla un tipo de permiso de residencia para extranjeros que no sean ciudadanos de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión. Se trata del permiso de residencia temporal no lucrativo, cuyo rasgo principal es que el solicitante demuestra medios de vida suficientes para cubrir sus gastos de manutención y, en su caso, los de su familia.

Las cuantías requeridas, si el solicitante es una sola persona, se establece en un 400% del IPREM (Indicador de Renta de Efectos Múltiples), que en 2013 se sitúa en 532,15 euros, por lo que el titular de este permiso dispondrá de, al menos, 2.130,04€ por mes de permiso. Si el solicitante tiene familia, se añadirán 532,15 euros/mes por cada miembro adicional.

Para acreditar la capacidad económica que cubra los gastos del solicitante durante la estancia, será necesaria aportar documentación que permita verificar la percepción de ingresos periódicos y suficientes, tales como títulos de propiedad, cheques, certificaciones bancariasConsulte con nosotros para más información.

Además de la disponibilidad de medios económicos suficientes, el Reglamento también recoge otros requisitos, comunes a los permisos de residencia y trabajo, como el de carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español durante los 5 años anteriores a la presentación de la solicitud, no hallarse en situación irregular en España y disponer de un seguro médico público o privado, concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.

Para la solicitud del visado, se deberá aportar el impreso debidamente cumplimentado (pinche encima para descargar),  pasaporte con vigencia superior a 4 meses y copia completa del mismo; certificado de antecedentes penales actualizado, expedido por las autoridades competentes de los países donde el interesado haya residido durante los 5 años anteriores a la presentación de la solicitud; certificado médico actualizado, dos fotografías, documentación acreditativa de disponer de seguro médico concertado con una entidad aseguradora autorizada para operar en España, documentación acreditativa de disponer de medios económicos para el período que se solicita y pago de las tasas.

Para la renovación del permiso de residencia temporal no lucrativa, el interesado, o a través de su abogado, deberá solicitarlo en la Oficina de Extranjeros o en cualquier registro público de la provincia donde resida,   durante los sesenta días naturales previos a la fecha de expiración de la vigencia de su autorización, o durante los noventa días naturales posteriores a la fecha en que hubiera finalizado la vigencia de la anterior autorización.

Nuevo: Obligación de solicitud de autorización temporal de trabajo para ciudadanos rumanos

ROMANIA-NATIONAL HOLYDAY-FEATUREEl 11 de agosto de 2011, la Comisión Europea adoptó la decisión por la que autoriza a España a suspender temporalmente la aplicación de los artículos 1 a 6 del reglamento de la UE 492/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la libre circulación de los trabajadores dentro de la Unión, con respecto a los trabajadores rumanos.

En base a esta potestad, el Ministerio de Empleo y de Seguridad Social dictó una instrucción por la cual se acordó que los nacionales de Rumanía que entren en España a partir del 22 de julio de 2011 o que encontrándose ya en España no figuren como dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o inscritos como demandantes de empleo a esa fecha y quieran ejercer en España una actividad laboral por cuenta ajena deberán solicitar una autorización temporal de trabajo.

Esta suspensión de la libre circulación de trabajadores, que tenía validez hasta el 30 de diciembre del 2012, ha sido prorrogada hasta el 31 de diciembre del 2013.

Por lo tanto, si ha entrado en España a partir del 22 de julio del 2012 o no consta dado de alta en la Seguridad Social o inscrita como demandante de empleo, y quiere trabajar por cuenta ajena, deberá solicitar una autorización de trabajo.

Requisitos para la solicitud:

1. Presentar un contrato de trabajo firmado por el trabajador y por él empleador. La fecha de comienzo del contrato deberá estar condicionada al momento de eficacia de la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena.

2. Que el empleador solicitante haya formalizado su inscripción en el correspondiente régimen del sistema de Seguridad Social para poder contratar  y se encuentre al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

3. El empleador cuente con medios económicos, materiales o personales, suficientes para su proyecto empresarial y para hacer frente a las obligaciones asumidas en el contrato frente al trabajador.

4. El trabajador tenga la capacitación y, en su caso, la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión.

En cualquiera de los casos anteriores, en el plazo de tres meses desde su entrada en España al ciudadano rumano deberá solicitar  su inscripción en el registro central de extranjeros según lo previsto en el artículo 7 del real decreto 240/2007, expidiéndose un certificado de registro en el que figurara una referencia a su autorización (o excepción de autorización ) de trabajo y a la validez de ésta (desde la fecha de eficacia de la autorización de trabajo hasta, en todo caso, al 31 de diciembre del 2013).

Laboral: Qué hacer en caso de retrasos e impagos del salario

La situación económica actual hace que sean muy numerosos los casos en los cuales las empresas que han visto reducido sus beneficios económicos tengan problemas para hacer frente al pago de los salarios de sus empleados, o bien que se retrasen de forma reiterada en el pago de los salarios. En la mayoría de estos casos, la empresa quiere despedir al trabajador, puesto que no puede hacer frente al pago del salario pero el problema aparece cuando el trabajado tiene un contrato indefinido y con bastante antigüedad en la empresa, al cual correspondería el pago de una elevada indemnización por despido.

En este caso, el trabajador tiene derecho a solicitar la resolución del contrato por incumplimiento del empresario, ya que constituye un incumplimiento el impago de salarios o el retraso continuado en su abono.

La ley no establece cuántos salarios deben de quedar pendientes de pago -como salarios se tiene también en cuenta las pagas extras- o cuál es el retraso en el salario que da lugar a la resolución del contrato: es un concepto amplio que debe de valorarse con el Juez, teniendo en cuenta las circunstancias de la empresas y las del trabajador y mas en concreto, la voluntad y la posibilidad de cumplimiento que tiene la empresa. Por lo general, el impago del salario en más de dos meses da lugar a la resolución del contrato y el retraso continuado y reiterado del pago del salario en mas de 11 ó 12 días es motivo de resolución.

En este caso el trabajador tiene derecho a solicitar la resolución del contrato, el abono de los salarios que se le deben y al abono de la indemnización que le correspondería por despido: 45 días por año, con un máximo de 42 mensualidades, y a partir de febrero del 2012, a 33 días por año trabajado y no más de 24 mensualidades.

Es recomendable que el trabajador acuda a una abogado desde el principio, para negociar con el empresario y evitar un pleito, pero si por el contrario no se obtiene ningún acuerdo, el trabajador se verá obligado a proceder por la vía judicial, y deberá:

1. Interponer papeleta de conciliación, en el que deben de hacer constar de forma breve lo que reclama.

  • Resolución del contrato  y la indemnización por despido.
  • Salarios impagados

2. Puede que la empresa en el acto de conciliación proceda de la siguiente forma:

  • No llegue a ningún acuerdo y no pague los salarios y no proceda a resolver el contrato. En este caso, usted puede interponer demanda ante los tribunales solicitando, el pago del salario debido, la resolución del contrato y pago de la correspondiente indemnización.
  • Pague los salarios debidos, pero no proceda a resolver el contrato y no le pague la indemnización por despido. En este caso, usted puede interponer demanda ante los tribunales solicitando la resolución del contrato y pago de la correspondiente indemnización.
  • Pague los salarios debidos y resuelva el contrato y le pague la indemnización por despido. En este caso, el trabajador podrá llegar a un acuerdo y firmar el acta de conciliación, sin tener que ir a juicio.

Es muy importante que el trabajador tenga en cuenta que en estos supuesto de resolución del contrato por parte del trabajador, éste no podrá abandonar el puesto de trabajo hasta que se dicte sentencia, puesto que el contrato laboral sigue en vigor y dejar su trabajo constituiría un incumplimiento, que le dejaría sin el derecho a una indemnización por despido, y sólo se le abonarían los salarios debidos.

El trabajador deberá acudir a su puesto de trabajo hasta que el juez manifieste si es procedente resolver el contrato de trabajo por incumplimiento y abonar la indemnización por despido.

Nuevo: Cuánto tiempo de cotización es necesario para renovar el permiso de residencia y trabajo (y 2)

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Continuamos con el análisis sobre el tiempo necesario de cotización en la Seguridad Social para la renovación del permiso de residencia y trabajo (ver anterior entrada), centrándonos en las excepciones previstas por la Ley para aquellos ciudadanos extranjeros que no hayan cotizado, al menos tres meses por año:

b) Estar percibiendo la renta activa de inserción (prestación económica asistencial de carácter público) que incluirá uno de los siguientes supuestos:

1) Desempleo de larga duración.

2) Personas con discapacidad.

3) Emigrantes retornados.

4) Víctimas de violencia de género o víctimas de violencia doméstica.

c) Estar dentro de los supuestos para el subsidio para trabajadores eventuales del régimen especial agrario de la Seguridad Social.

d) Recibir la renta agraria.

e) Percibir otra prestación económica asistencial de carácter público destinada a lograr la inserción social o laboral del extranjero, entre otros supuestos, las rentas mínimas concedidas por las Administraciones territoriales.

En el caso de que se conceda la renovación de la autorización de residencia y trabajo, la duración de dicha renovación equivaldrá a la de la prestación concedida (supuesto a, b, c, d y e) por este motivo se recomienda que en la medida de lo posible se cotice mínimo tres meses por año para que el permiso no dependa de la duración de la ayuda sino que sea concedido por el tiempo de dos años.

Si se encuentra en cualquiera de estos supuestos, es recomendable que nos consulte sobre su caso concreto.

Otro dato a tener en cuenta es que en estos supuestos, la renovación se deberá presentar en los 60 días anteriores a su expiración y la ley no contempla su presentación en los 90 días posteriores, como es lo normal.

Además, y para los casos de renovación de los permisos, si el ciudadano desplazado no cumple estrictamente los requisitos anteriores:

La administración valorará el esfuerzo de integración del extranjero acreditado mediante el informe positivo de la Comunidad Autónoma de su lugar de residencia. Dicho esfuerzo de integración podrá ser alegado por el ciudadano como información a valorar en caso de no acreditar el cumplimiento de alguno de los requisitos previstos para la renovación de la autorización.

El informe tendrá como contenido mínimo la certificación, en su caso, de la participación activa del extranjero en acciones formativas destinadas al conocimiento y respeto de los valores constitucionales de España, los valores estatutarios de la Comunidad Autónoma en que se resida, los valores de la Unión Europea, los derechos humanos, las libertades públicas, la democracia, la tolerancia y la igualdad entre mujeres y hombres, así como el aprendizaje de las lenguas oficiales del lugar de residencia.

Es necesario tener certificados de la asistencia a los cursos o jornadas…etc y la duración de estos, que pueden haber sido impartidos en entidades privadas o publicas.

Nuevo: Cuánto tiempo de cotización es necesario para renovar el permiso de residencia y trabajo (1 de 2)

Dada la actual situación del mercado laboral,  muchas personas nos están haciendo llegar consultas a través de la página web de GMSM Abogados con  problemas a la hora de renovar sus permisos de residencia y trabajo, ya que éstos dependen en gran parte de las cotizaciones a la Seguridad Social que haya realizado el ciudadano residente durante la vigencia de su permiso; en este articulo nos centramos en el tiempo de cotización necesario para poder renovar el permiso de residencia y trabajo:

En cuanto a los requisitos por tiempo cotizado, nos podemos encontrar en cuatro supuestos distintos:

  1. Que continúe la relación laboral que dio origen a la concesión del permiso.

En estos casos es recomendable a la hora de presentar la renovación aportar la vida laboral.

     2.  Que haya cotizado un mínimo de seis meses por cada año de permiso: 

Puede ser en distintas empresas  y no es necesario que sea continuado pero, además, en el momento de presentar la renovación hay que estar dado de alta en la seguridad social o en situación asimilada al alta, –la situación legal de desempleo, total y subsidiado, y la de paro involuntario una vez agotada la prestación contributiva o asistencial, siempre que en tal situación se mantenga la inscripción como desempleado en la oficina de empleo-,  o presentar un nuevo contrato de trabajo en el cual conste que entrara en vigor cuando se conceda la renovación  (nuevo contrato).

     3.  Si ha cotizado un mínimo de tres meses por año, siempre y cuando la relación laboral se extinguió por causas ajenas al trabajador (es decir despido o resolución de contrato por fin del tiempo), y se haya apuntado a búsqueda activa de empleo y, además, tenga un contrato de trabajo en vigor.

4.  Si desgraciadamente no se ha podido cotizar tres meses por año, tenemos cuatro excepciones:

a).-tener el subsidio por desempleo; hay varios supuestos:

  • Trabajadores que han agotado la prestación contributiva por desempleo.
  • Subsidio especial para trabajadores que han agotado una prestación contributiva de 24 meses y son mayores de 45 años.
  • Trabajadores que, al producirse la situación legal de desempleo no han cubierto el período mínimo de cotización para acceder a una prestación contributiva.
  • Trabajadores que pierdan la condición de pensionistas de incapacidad por mejoría.
  • Subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años.
  • Emigrantes retornados.
  • Liberados de prisión. En estos casos, hay que tener en cuenta que  se valorará, en función de las circunstancias de cada supuesto, la posibilidad de renovar la autorización de residencia y trabajo a los extranjeros que hubieran sido condenados por la comisión de un delito y hayan cumplido condena, los que han sido indultados o que se encuentren en la situación de remisión condicional de la pena.

Próxima entrada, continúan excepciones para la renovación permiso de residencia y trabajo sin cotización.