Autorización de residencia para trabajadores altamente cualificados

IT Support TeamEl permiso de residencia para trabajadores altamente cualificados es una autorización de tipo temporal que permite al ciudadano extranjero que la obtenga residir y trabajar de forma legal en España.

La principal característica de este tipo de autorización es que solamente se concede cuando el solicitante acredita cualificación de enseñanza superior, aunque, de forma excepcional, también puede concederse cuando se reúnen unos requisitos mínimos de cinco años de experiencia profesional siempre en una actividad relacionada con la que se va a desempeñar.

La autorización inicial es por un año, por lo que se exige que el contrato de trabajo garantice una actividad continuada que abarque el periodo de vigencia de la autorización para residir y trabajar.

Además, el contrato de trabajo deberá reunir una serie de requisitos adicionales, como los relativos a la retribución del trabajador, que deberá ser, al menos 1,5 veces sobre el salario anual bruto medio de la profesión, ó 1,2 veces el salario bruto anual en aquellas profesiones en las que haya una necesidad especial. Consúltenos para más información.

Para solicitar este tipo de permiso, el empleador debe tramitarlo en España, personalmente o a través de un representante legal y una vez concedido, será el propio interesado el que deberá dirigirse a la Embajada o Consulado del lugar donde resida en el plazo de un mes desde la notificación de la concesión.

No dude en contactar con nosotros para más información.

GM&SM Abogados se consolida con visitantes de más de 80 países en 2014

fireworks3El año 2014 ha supuesto la consolidación de Gil-Merino Abogados y Asociados como referente en la búsqueda y consulta de cuestiones legales a través de internet. El conjunto de las tres plataformas digitales del despacho, –GM&SM Abogados, Residencia Legal y Derecho a la Red-, ha recibido más de 10.000 visitantes desde 80 países de todo el mundo, como China, Rusia, Estados Unidos, Argentina, México o Venezuela.

Estos resultados confirman la apuesta del Despacho por la internacionalización y por la oferta de servicios a través de la Red; en total durante 2014 hemos publicado un total de 25 nuevos artículos, sobre temas de interés como Concesión y Revocación de la Nacionalidad Española, Validez del Matrimonio entre Extranjeros, Permisos de Residencia, Visados para Emprendedores, Protección de Datos, Comercio Electrónico o Prohibiciones de Entrada en Espacio Shenguen– llegando, en algunos a casos, a más de cien visitantes por día.

Durante este año seguiremos apostando por analizar y difundir los aspectos más novedosos de la Legislación desde nuestros portales de Internet, a la vez que seguiremos atendiendo las consultas que nos hagan llegar por correo electrónico, teléfono, o de forma presencial en nuestras oficinas.

Gracias por seguirnos, y muy Feliz 2015.

Spain´s EU residency permit avaible for overseas homebuyers

casaiiThe 2013´ Entrepreneur Law introduce a new visa for non-residents who acquire a home in Spain valued at over 500,000 euros, who should automatically be granted with an initial two years residence permit.

This new visa offers the right to live and travel, but not work, anywhere among 26 countries of Union’s member states –signatories to the Schengen agreement that allows unrestricted travel-, including all Western Europe excluding Great Britain.

The main requiriments are:

– Overseas homebuyers –non-from an EU country- buying a property valued at over 500,000 euros.

– The money for the operation has to be brough from out of Spain.

Not apply for public or state aid.

No criminal record during the last 5 years.

– Must buy private medical insurance.

For apply, it’s not mandatory hiring a spanish lawyer but it´s recomended, you should need a profesional to act on your behalf and avoid inconvenences, both on buying a property or in the inmigration proccess request.

El nuevo visado de residencia para emprendedores

La buldings 1nueva Ley de Emprendedores contempla nuevos tipos de visados de residencia para personas extranjeras que vayan a desarrollar un proyecto empresarial en España, y que sea considerado y acreditado de interés general, así como para aquellos inversores que tengan previsto entrar y permanecer en el país por un periodo de un año con el fin único o principal de llevar a cabo los trámites previos para poder desarrollar una actividad emprendedora.

Los solicitantes podrán obtener la residencia legal para sí y sus familiares, sin estar obligados a permanecer en España seis meses al año para renovar su permiso, tal y como vimos en el Visado de Residencia por adquisición de bienes inmuebles. Además, la ley contempla una agilización de la tramitación, estableciendo con carácter general un plazo de resolución de 10 días para todos los visados. 

Para la obtención del visado, se tendrá en cuenta el carácter del proyecto empresarial y que este sea de interés general [contacte con nosotros para más información], además, serán admitidas inversiones significativas de capital, siempre que éstas no provengan de paraísos fiscales y sean realizadas por personas jurídicas.

En el caso de los Emprendedores, se entenderá como actividad emprendedora aquella que sea de carácter innovador con especial interés para España, para lo que será necesario el informe favorable de  la Oficina Comercial donde el inversor presente la solicitud del visado. No dude en contactar para más información.

Cerca de 14.000 personas de 79 países visitaron la web de GM&SM Abogados en 2013

fireworks1La web del despacho GM&SM Abogados ha aumentado de forma sustancial el tráfico de visitas durante 2013, con un crecimiento del  700 por ciento respecto al año anterior. En 2013, cerca de 14.000 personas ingresaron en el portal web de GM&SM Abogados  para resolver  sus dudas sobre permisos de residencia, matrimonios, derecho penal, derecho laboral…

Si en 2012, primer año de actividad del weblog del despacho, más de dos mil personas visitaban nuestra web desde 38 países diferentes, en 2013 también se ha duplicado el alcance del portal y ha llegado hasta los 79 países de todo el mundo: desde Argentina al Congo; de México a Francia; Estados Unidos, China, Rusia, Alemania, Marruecos, Polonia, Colombia, Ecuador, Venezuela, Bolivia , Costa de Marfil, o España, son algunos de los lugares de procedencia de las consultas que llegan a nuestro despacho a través del portal electrónico.

Además, la actividad de GM&SM Abogados en internet se complementa con el uso de las redes sociales, como Twitter y Facebook, donde cada día son más los usuarios que encuentran respuestas a sus dudas sobre Derecho de Extranjería, Derecho Civil, Penal o Protección de Datos. En nuestro afán por mejorar e innovar, seguiremos trabajando para hacer de esta web un medio accesible y sencillo para resolver sus dudas y a asesorarle en lo que necesite, ¡Feliz 2014!

El nuevo permiso de residencia por compra de una vivienda

house2La nueva Ley de Emprendedores aprobada en 2013, establece un nuevo tipo de permiso de residencia destinado a todos aquellos extranjeros procedentes de un país ajeno a la Unión Europea que planeen adquirir un inmueble de más de 500.000 euros en España.

Este nuevo tipo de permiso de residencia, que comparte algunos rasgos característicos con el permiso de residencia no lucrativo, no habilita, en ningún caso, a trabajar en el país, y se establece una duración de dos años desde su concesión.

Los requisitos principales son:

  • Comprar una vivienda de un importe superior a 500.000 euros. El dinero ha de traerse de fuera de España, no vale pedir un crédito a una entidad española.
  • No tener antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español durante los 5 años anteriores a la presentación de la solicitud, no hallarse en situación irregular en España.
  • Contratar seguro de salud privado, concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España
  • No solicitar ayudas o subvenciones públicas.

Para la solicitud del permiso, no dude en ponerse en contacto con nuestros abogados, le ayudaremos a tramitarlo, e incluso podemos asesorarle en la búsqueda de viviendas en España, gracias a nuestros acuerdos de colaboración con inmobiliarias líderes en el sector.

Bienvenue au GM&SM avocats

puerta alcaláBienvenue sur le site du bureau des procureurs GM & SM. Nous sommes un cabinet d’avocats spécialisé dans les affaires étrangères et le droit administratif.

Nos avocats et consultants ont un haut degré d’implication avec les clients, de sorte que nous pouvons également offrir une défense juridiques spécialisée dans d’autres domaines du droit tels que le droit pénal, le droit civil, les contrats, le droit matrimonial, les droits de la personnalité … – ainsi que des conseils pour les entreprises et les particuliers, droit du travail, droit commercial, informatique.

Notre mission est de fournir une assistance juridique à nos clients, avec les meilleurs résultats et une efficacité maximale. Pour ce faire, nous disposons d’un service de conseil individuel à tout moment. Pour votre commodité, vous pouvez faire une première consultation sur ce site, ou bien en personne, en prenant rendez-vous par téléphone au 625 483 640 et au 675 801 868. Nous avons des bureaux à Madrid et Burgos et nous intervenons dans toute l’Espagne.

Nous disposons d’avocats et de conseillers dans toute l’Espagne. N’hésitez pas à nous contacter et vous vous assurerez que la confiance et la sécurité que propose l’équipe GM & SM-Avocats est une garantie pour défendre vos droits devant les tribunaux.

欢迎来到GM&SM Abogados律师事务所

shanghai-madrid-composite-web-320x198欢迎您来到西班牙 GM&SM Abogados律师事务所的网站。我们是一家致力于为涉外案件和关于行政管理方面的法律案件提供专业解决途径的律师事务所。

我们团队的律师和法律顾问都具备高学历,以便在各个方面提供优秀特殊的司法保护,例如:在刑法,民法,合同法,婚姻法,法人资格及法人权利等方面,不仅如此,在劳动法,商法,信息法等方面也能为企业和个人提供咨询和意见。

我们的宗旨在于为客户提供具备更好效果和更快效率的司法帮助。为此,我们会随时随地为您提供个人咨询服务。为了使您的咨询更加便利快捷,您可以通过网络进行第一次咨询,或者通过个人预约进行咨询。预约电话:625 483 640,675 801 868。我们在Madrid和Burgos都设有办公地点,同时也将考虑并顾及到在全西班牙境内的客户咨询。

另外,我们在全西班牙拥有代理人和顾问,以便使您完全不需要担心能否联系到我们的问题。我们的团队将会让您对我们有足够的耐心和信任,保证您在法庭上的权利受到最好的保护。

El permiso de residencia temporal no lucrativa

house1La legislación española contempla un tipo de permiso de residencia para extranjeros que no sean ciudadanos de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión. Se trata del permiso de residencia temporal no lucrativo, cuyo rasgo principal es que el solicitante demuestra medios de vida suficientes para cubrir sus gastos de manutención y, en su caso, los de su familia.

Las cuantías requeridas, si el solicitante es una sola persona, se establece en un 400% del IPREM (Indicador de Renta de Efectos Múltiples), que en 2013 se sitúa en 532,15 euros, por lo que el titular de este permiso dispondrá de, al menos, 2.130,04€ por mes de permiso. Si el solicitante tiene familia, se añadirán 532,15 euros/mes por cada miembro adicional.

Para acreditar la capacidad económica que cubra los gastos del solicitante durante la estancia, será necesaria aportar documentación que permita verificar la percepción de ingresos periódicos y suficientes, tales como títulos de propiedad, cheques, certificaciones bancariasConsulte con nosotros para más información.

Además de la disponibilidad de medios económicos suficientes, el Reglamento también recoge otros requisitos, comunes a los permisos de residencia y trabajo, como el de carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español durante los 5 años anteriores a la presentación de la solicitud, no hallarse en situación irregular en España y disponer de un seguro médico público o privado, concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.

Para la solicitud del visado, se deberá aportar el impreso debidamente cumplimentado (pinche encima para descargar),  pasaporte con vigencia superior a 4 meses y copia completa del mismo; certificado de antecedentes penales actualizado, expedido por las autoridades competentes de los países donde el interesado haya residido durante los 5 años anteriores a la presentación de la solicitud; certificado médico actualizado, dos fotografías, documentación acreditativa de disponer de seguro médico concertado con una entidad aseguradora autorizada para operar en España, documentación acreditativa de disponer de medios económicos para el período que se solicita y pago de las tasas.

Para la renovación del permiso de residencia temporal no lucrativa, el interesado, o a través de su abogado, deberá solicitarlo en la Oficina de Extranjeros o en cualquier registro público de la provincia donde resida,   durante los sesenta días naturales previos a la fecha de expiración de la vigencia de su autorización, o durante los noventa días naturales posteriores a la fecha en que hubiera finalizado la vigencia de la anterior autorización.